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Ayudas al alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender el pago total o parcial del alquiler.
Los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos como encontrarse en el paro, afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomo con una disminución de los ingresos del 30 por ciento.
Estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad.
Con carácter general sus ingresos deben ser menores de tres veces IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.
Para más información en Delegación de Bienestar Social, situada en Hacienda Belén (C/ Almijara s/n),
tfno: 954 78 92 70